El derecho al ingreso mínimo vital se expresa, entonces, en un mínimo de bienes, servicios e ingresos monetarios que le permite al individuo no solo la garantía a vivir dignamente sino también a desarrollarse como individuo en una sociedad.
TEMPORALIDAD DE LA PROPUESTA
La propuesta de Ingreso Vital es de carácter temporal definida así:
El Estado se ve en la obligación de otorgar el Ingreso Vital a todas las familias personas que presentan vulnerabilidades socioeconómicas, laborales y de ingresos mensualmente y durante el tiempo que dure la declaratoria de emergencia sanitaria y tres meses más.
FUENTES DE FINANCIACIÓN
La propuesta de Ingreso Vital tiene un costo aproximado de 16 billones de pesos mensuales con el alcance de 21 millones, en este sentido, lo más importante es señalar que dicho rubro tiene un costo mensual equivalente a más del recaudo anual esperado por una reforma tributaria (10 a 12 billones), es decir, una reforma tributaria común solo bastaría para suplir cuando mucho un mes de este gasto, con lo cual, se hace necesario buscar diferentes fuentes de financiamiento adicionales para poder costear dicha erogación.
Con base en lo anterior se mencionan algunas fuentes de financiamiento que se pueden utilizar en este caso:
- Deuda Publica.
- Medidas monetarias.
- Recursos de los subsidios
- Aumento temporal de impuestos para entidades financieras y personas naturales y jurídicas.
- Recursos provenientes del Fondo de Mitigación de Emergencias FOME.
- Tributación territorial.
Finalmente, también podría considerarse la modificación del impuesto de registro a favor de los departamentos, con lo cual ampliar las potestades de artículo 230 de la Ley 223 de 1995 y gravar con una sobretasa las transacciones onerosas de más de 2.000 millones de pesos, y sobre todo aquellas actuaciones que demuestren una capacidad económica suficiente y activa del contribuyente.
Para ver documento completo, ingrese al siguiente enlace: https://bit.ly/2xgfgnb